Goyo Alvarez fue condenado a 25 años de prisión
Página 12
Por Mercedes López San Miguel
22/10/2009
El ex dictador Gregorio “Goyo” Alvarez fue condenado a 25 años de prisión como coautor responsable del homicidio “muy especialmente agravado” de 37 personas. El ex marino Juan Carlos Larcebeau también recibió la sentencia de 20 años por 29 homicidios cometidos durante la dictadura militar (entre 1973 y 1985). Los crímenes se enmarcan en las desapariciones forzadas de uruguayos que fueron trasladados desde Argentina en 1978 por el Plan Cóndor que coordinaron las dictaduras del Cono Sur.
El magistrado Luis Charles resolvió la sentencia sobre el pedido de la fiscal Mirtha Guianze emitido a mediados de julio, cuando solicitó la condena del dictador como coautor responsable del delito de “desaparición forzada” de 37 militantes de izquierda, en 1978. Gregorio Alvarez era comandante en jefe del Ejército y se manejaba en las más altas esferas de decisión. La imposición del máximo de 25 años de condena está plenamente justificada. “Su actuación se pondera en un contexto en el que este tipo de actividades se realizaban dentro de un plan sistemático de represión”, argumentó la fiscal. Que Alvarez, actualmente encarcelado y de 83 años, haya sido procesado por el delito de homicidio especialmente agravado –y no desaparición forzada– tiene que ver con que la figura de “desaparición forzada” recién se incluyó en el Código Penal hace un año y no se aplica su retroactividad. La sentencia, a cargo del juez Luis Charles, es una “dignificación de las víctimas”, subrayó el abogado denunciante Oscar Goldaracena, quien destacó la importancia de que se reconozcan los hechos como crímenes de lesa humanidad. “Lo que es importante es que se lo condenó por 37 homicidios muy especialmente agravados”, manifestó el abogado al Canal 4 de televisión. En el mismo sentido, Guillermo Paysée, miembro del área jurídica del Serpaj (Servicio de Paz y Justicia) habló ante Página/12. “Es una muestra para que los uruguayos tengamos presente que
El represor no se presentó al juzgado aduciendo problemas de salud mientras Larcebeau acudió el mediodía a la sede judicial donde, tras prestar declaración, Charles le comunicó la sentencia. Alvarez será visitado en la cárcel de Domingo Arena por un médico forense que constatará el estado de salud que adujo para no concurrir a la sede judicial y, en caso de que se confirme su imposibilidad de presentarse ante el juez, será notificado de su sentencia en la cárcel.
La condena sobre dos exponentes de la dictadura sucede a tres días de que los uruguayos decidan en plebiscito sobre la continuidad de
SCJ: Ley de Caducidad es inconstitucional
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En el fallo hay un punto de discordia en el cual el ministro Gutiérrez objetó que se tendría que haber identificado a los militares para realizar el pedido. Sin embargo, el resto de los ministros de
Hace un año, en octubre de 2008 la fiscal de lo Penal de 2º Turno, Mirtha Guianze, interpuso el recurso de inconstitucionalidad contra
En su argumentación, la fiscal afirma que los artículos 1º, 3º y 4º de la ley 15.848 son inconstitucionales porque desconocen el principio de separación de poderes y los artículos 4 y 82 de
En 2005, Tabaré Vázquez había excluido la muerte de Sabalsagaray de
Fiscales pueden interponer acciones de inconstitucionalidad
Además,
En marzo de este año, el Fiscal de Corte, Rafael Ubiría, se opuso a que el recurso fuera presentado por Guianze, porque
En su alegato frente a
De todas formas, al recurso ya se había sumado la familia Sabalsagaray como "tercería coadyuvante" en el proceso.
Nibia Sabalsagaray
Nibia Sabalsagaray era estudiante de literatura en el Instituto de Profesores Artigas (IPA) y militante de
El actual intendente de Canelones, Marcos Carámbula, fue el médico que inspeccionó el cuerpo en el velatorio. Allí habría comprobado que murió a causa de torturas sufridas en su detención. La orden de los miltiares que entregaron el cuerpo a su familia fue que el féretro no se abriera.
En febrero de 2006 el coronel de ingenieros, José Chialanza, fue citado por el juez Rolando Vomero. Chialanza tenía en 1974 el grado de teniente coronel y era el jefe del Batallón de Ingenieros número 5 cuando Sabalsagaray fue secuestrada y muerta.
Consecuencias del fallo
Si bien se trata de un fallo histórico y configura un antecedente judicial relevante, la jurisprudencia en Uruguay no es vinculante para otros casos. El pronunciamiento se da solamente para este caso.
Hay otros casos que se pueden presentar mediante el mismo mecanismo y seguramente obtendrán el mismo fallo ya que la integración de
Este fallo es puntual para el caso de Nibia Sabalsagaray. El plebiscito del domingo 25 por la nulidad de la ley de Caducidad busca hacer inválida la ley para todos los casos. Además habilita a que los casos que no fueron investigados por estar abarcados en la ley, no puedan ser declarados "cosa juzgada" y deberán desarchivarse.
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